ECONOMÍA. Ejecutivo publica DU con medidas extraordinarias para el financiamiento de las inversiones y proyectos. A través de la publicación del Decreto de Urgencia (DU) N° 004-2018, el Poder Ejecutivo consideró establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que permitan financiar los proyectos de inversión, los cuales no se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
«Debido a que en el 2017, los ingresos fiscales del Gobierno General fueron menores a lo previsto en el Marco Macroeconómico Multianual 2017-2019 Revisado (MMMR), lo que ha determinado una reducción de los recursos disponibles, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Adicionalmente, las expectativas económicas se vieron mermadas por factores exógenos adversos asociados a un evento sistémico en el sector de la construcción, que ha estado bajo escrutinio por investigaciones a diversas empresas que tienen a cargo importantes obras por ejecutarse, lo cual ha causado una mayor vulnerabilidad al sector de la construcción», explica la autoridad.
En el dispositivo legal -publicado en Normas Legales- también se detalla que, por lo antes mencionado, se requiere con carácter de urgente tomar medidas para mantener el ritmo de ejecución de la inversión pública a fin de no afectar el crecimiento económico estimado en el MMM 2018-2021, donde la inversión pública debería crecer en 17,5% en términos reales, por encima, de los otros componentes de la demanda interna como el consumo público (5,0%) y la inversión privada (3,5%), lo que permitiría cumplir con el estimado de crecimiento del Producto Bruto Interno (PBI) de 4%.
«Caso contrario, de no tomarse medidas urgentes el crecimiento de la inversión pública sería menor en 6,4 puntos porcentuales (11,1% real en lugar de 17,5% real) perjudicando el crecimiento del PBI que caería en 0,4 puntos porcentuales (3,6% real en lugar de 4,0% real)», sostiene el Ejecutivo.
Agrega que frente a esta situación se ha identificado saldos disponibles provenientes de diversas operaciones de colocación de Bonos Soberanos, que podrían utilizarse para garantizar el financiamiento de la continuidad del gasto de inversión previsto en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dando así debido cumplimiento a lo establecido en la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30693, antes mencionadas.
Así, se decreta disponer los montos de los Saldos de Balance que no se hayan incorporado al 28 de febrero de 2018, provenientes de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, correspondientes a una emisión interna de bonos se revierten al Tesoro Público hasta el mes de marzo de 2018 quedando autorizado el Ministerio de Economía y Finanzas para ejecutar dicha reversión, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.
Cabe precisar que -de acuerdo a la norma- no se encuentran comprendidos en lo dispuesto en el párrafo precedente los Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito asignados con cargo al “Fondo para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019 y los VI Juegos Parapanamericanos” y al “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”; así como al “Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento”.
EL DATO
El DU N° 004-2018 tiene las firmas del Presidente Pedro Pablo Kuczynski, de la Premier Mercerdes Aráoz y la titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Claudia Cooper.
(Foto referencial)
(TCP)