Hace un año atrás, la Semarnat rechazó el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la minera canadiense para el desarrollo del proyecto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó su fallo en contra de Almaden Minerals en un caso iniciado por la Comunidad Nahua y el Ejido de Tecoltemi contra las concesiones mineras y la Ley de Minería nacional.
La Corte determinó que en el otorgamiento de las dos concesiones mineras impugnadas se violó el derecho a la consulta y consentimiento de la comunidad nahua, según comunicado oficial de la SCJN.
De acuerdo con la sentencia, se otorgó amparo al Ejido de Tecoltemi y se cancelaron las concesiones mineras.
Posibles impactos
La cancelación de concesiones mineras también envía un mensaje claro a los inversionistas de que no deben invertir su dinero en proyectos que violen e infrinjan los derechos humanos de las comunidades. Además, tales proyectos a menudo conllevan serios riesgos materiales para los inversionistas, si son legal y ambientalmente insostenibles.
La cancelación de las concesiones mineras de Almadén se produce poco más de un año después de que la Secretaría de Medio Ambiente de México rechazara el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la firma canadiense para el desarrollo de este proyecto.
PODER es una ONG regional de responsabilidad empresarial y derechos humanos que ha acompañado a las comunidades afectadas durante muchos años.
Datos adicionales
A principios de este mes, recordó el GlobeNewswire, la SJCN dio a conocer la jurisprudencia derivada del caso; es decir, los criterios legales de obligado cumplimiento para las autoridades jurisdiccionales de la federación y de las entidades federativas.
Según la SCJN, el fallo debe aplicarse en la resolución de casos a partir del 6 de junio de 2022. El tribunal reafirmó que se debe realizar la consulta indígena previa a la emisión de las concesiones mineras.
Tecoltemi y la Unión de Comunidades y Ejidos en Defensa de la Tierra, el Agua y la Vida así como Fundar y el Consejo Tiyat Tlali -dos organizaciones de la sociedad civil que los acompañan en su defensa legal- dijeron en un comunicado que estos criterios son de gran relevancia porque, al constituir jurisprudencia, y por tanto de carácter obligatorio, refuerzan los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
Previamente, los SCOs dijeron en otro comunicado que la decisión de la Corte es un gran logro ya que es la primera vez que la SCJN reconoce la violación del derecho a la consulta y consentimiento en el caso de las concesiones mineras, por lo que ordena su cancelación por esa razón.