Según el gobierno, esta norma trajo inseguridad jurídica, ya que la compra de productos vendidos a tasa cero no da derecho a crédito fiscal.
El último miércoles, la Cámara de Diputados aprobó una medida provisional que restringe hasta el 31 de diciembre de 2022 el uso de créditos fiscales provenientes de contribuciones sociales (PIS/Pasep y Cofins) a productores y revendedores de combustibles.
De acuerdo con las autoridades, el texto debe pasar al Senado para su análisis.
Objetivos de la medida
La idea es suspender, hasta fin de año, el uso de los créditos PIS y Cofins en las operaciones de venta de combustibles por parte de los compradores finales.
Es decir, los contribuyentes que compran estos productos para uso propio, como las empresas de transporte y los autónomos camioneros y conductores
El MP modifica la Ley Complementaria 192/22, aprobada por el Congreso Nacional, que garantiza a los contribuyentes, incluidos los compradores finales, el derecho al crédito.
Según el gobierno, esta norma trajo inseguridad jurídica, ya que la compra de productos vendidos a tasa cero no da derecho a crédito fiscal.
Sector Eléctrico
Algunas modificaciones a la Ley 9.427/96, que trata del sector eléctrico, fueron insertadas en la norma.
El texto prevé que las tarifas por el uso de los sistemas de transmisión de las usinas, fijadas en el acto de concesión, se mantendrán hasta el final del contrato.
Siendo corregidas por la Transmisión Índice de actualización (IAT), que tiene en cuenta la inflación.
Asimismo, se señaló que la idea es garantizar la estabilidad y seguridad de los agentes.
También se incluyó una provisión para otorgar un plazo adicional de 24 meses para la puesta en operación de plantas de generación.
Ello, a partir de fuentes renovables con derecho a descuento en las tarifas de transmisión y distribución.
Incluso, la ampliación del plazo dependerá de garantías adicionales a la Agencia Nacional de Energía Eléctrica (Aneel).