El documento se elaboró en ausencia de una ley orgánica, lo que de antemano preocupaba a los inversores en el sector minero.
Tras la visita a Canadá del presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, y de la ministra de Energía, Andrea Arrobo, con motivo de la convención 2024 de la Prospectors & Developers Association of Canada (PDAC), el Ministerio de Energía y Minas de Ecuador publicó un manual de procedimientos para regular el derecho a la consulta previa, libre e informada.
El documento se elaboró en ausencia de una ley orgánica que regule el tema, que se había convertido en un punto de preocupación para los inversores extranjeros, especialmente en el sector minero.
Sustento y aplicación
El manual, que se sustenta en normas constitucionales y tratados internacionales para la implementación de la consulta previa, libre e informada, fue emitido mediante Acuerdo Ministerial 002 del 6 de marzo de 2024.
La guía es considerada de aplicación obligatoria antes de autorizar la prospección, exploración, explotación y comercialización de recursos minerales. También detalla los tiempos de tramitación para la aprobación de cada una de estas actividades cuando se vayan a realizar en o alrededor de comunidades vulnerables y tierras indígenas que puedan ser afectadas ambiental o culturalmente.
El manual señala que los diálogos de consulta previa pueden conducir a la modificación de determinados proyectos mineros. Sin embargo, también destaca que los resultados del proceso de consulta previa, libre e informada no son vinculantes, lo que significa que el gobierno podría optar por dar luz verde a los proyectos incluso sin el consentimiento de las comunidades afectadas.
Comunicado en contra
Este último punto encendió las alarmas de los grupos ecologistas y, el 8 de marzo, la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Cofeniae) emitió un comunicado en el que rechazaba el manual y afirmaba que pretende desconocer los derechos que ampara la llamada «reserva de ley orgánica». En su opinión, el manual es un intento de imponer una agenda extractiva y eludir los controles democráticos.
El principio de «reserva de ley orgánica» establece que se vulneran las leyes superiores cuando se dicta una ley inferior sobre un tema regulado por la Constitución, como es la consulta previa en este caso.
«Continuando con su agenda extractivista y neoliberal, el presidente Noboa convierte nuestros derechos en un mero trámite administrativo para facilitar los intereses de la industria minera y agilizar el proceso de aprobación de concesiones mineras», dice el comunicado.
El gobierno, por su parte, defiende que el manual fue creado siguiendo pronunciamientos previos de la Corte Constitucional y el artículo 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece que ningún segmento de la población nacional tiene derecho a vetar políticas de desarrollo que afecten a todo un país.