La invitación realizada al Brasil se realizó el 10 de mayo y sería el primer país no miembro en adherirse a los dos códigos.
El Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) invitó a Brasil a adherirse al Código de Liberalización de Movimientos de Capitales y al Código de Liberalización de Operaciones Corrientes Intangibles.
Así revelaron el Banco Central (BC) y el Ministerio de Economía.
Según el BC, el Código de Liberalización de Movimientos de Capitales “se refiere a normas para actos normativos sobre flujos financieros internacionales.
Estos incluyen pagos, transferencias, préstamos, inversiones, así como la compra y venta de divisas.
Además, el Código para la Liberalización de las Operaciones Intangibles Corrientes se refiere básicamente a la prestación de servicios con carácter transfronterizo.
Ello comprende servicios internacionales de consultoría, jurídicos y de arquitectura.
“Los dos códigos de liberalización consolidan recomendaciones resultantes de décadas de estudios y se basan en principios de no discriminación y transparencia, entre otros”, informó.
Según la autoridad, Brasil ha venido trabajando en la convergencia de los actos normativos con las buenas prácticas recomendadas por los códigos.
Para el BC, desde el punto de vista de los inversionistas extranjeros, la adhesión a estos códigos representa una mejor comprensión del marco regulatorio.
Así como un menor costo de adaptación a las particularidades del país y mayor percepción de seguridad jurídica en las operaciones internacionales.
Primer no miembro
En una nota, el Ministerio de Economía informó que todos los miembros de la OCDE adhieren a los dos códigos.
Y que, desde 2012, está abierta la posibilidad de adhesión de países no miembros.
Brasil inició el proceso de adhesión en 2017 y, con la invitación realizada el 10 de mayo, será el primer país no miembro en adherirse a los dos códigos.
Asimismo, se reveló que para para la convergencia a lo dispuesto en los códigos, se implementaron acciones legislativas y reglamentarias.
Esto comprende la eliminación de límites a la inversión extranjera en el transporte aéreo y de requisitos de reciprocidad en el área de seguros.
También la eliminación de la necesidad de un decreto presidencial para establecer sucursales de instituciones financieras extranjeras.
Así como la delegación de competencia al Ministerio de Economía para autorizar la operación de empresas extranjeras en Brasil.
Igualmente se espera elevar los límites de cesión para los reaseguradores ocasionales.
También la promulgación de la Ley Cambiaria y de Capitales Internacionales (LCCI) y el Decreto del Impuesto a las Operaciones Financieras Cambiarias (IOF).
“Estos últimos establecieron la reducción gradual de las tasas a cero, de manera escalonada”, detalló el ministerio.
El ministerio agregó que la adhesión a estos dos instrumentos “está alineada con la eliminación de barreras al comercio internacional y los flujos de inversión y el mejor funcionamiento del mercado de capitales”.