Aprimin destacó que actualmente el sector minero invierte en plantas desalinizadoras de agua para abastecer a las faenas.
El director ejecutivo de la Asociación de Proveedores Industriales de la Minería (Aprimin), Sergio Hernández, analizó los riesgos que afectarían al sector de aprobarse la futura Constitución de la República de Chile en el plebiscito de salida a realizarse el domingo 4 de septiembre.
Cabe recordar que el último 4 de julio se presentó la propuesta de texto.
Derechos de agua
En cuanto a la industria minera, Hernández expuso que “se terminan los derechos de agua en forma inmediata; no hay norma transitoria que postergue la decisión de esta norma constitucional”.
“Es decir, diez días después de eventualmente aprobada la Constitución, todas las concesiones de agua pasan a ser autorizaciones de uso, ni siquiera de goce, sin posibilidad de comercializarla y solo para el fin que estén pedidas”, comentó.
El director ejecutivo de Aprimin hizo hincapié en que el sector minero está invirtiendo en plantas desalinizadoras de agua de mar para abastecer a las faenas.
Pero también para comercializarla a un precio más conveniente para las comunidades aledañas.
De acuerdo con Hernández, en publicación de Portal Minero, lo anterior desincentivará la inversión para este tipo de plantas.
El directivo añadió que no quedó establecida protección a la propiedad industrial, solo para los derechos de autor intelectual, científico y artístico.
«Lo cual es considerado como otro sesgo más a la creación de valor agregado e innovación en los procesos productivos”.
Estatuto minero
Respecto del estatuto minero consagrado en el texto constitucional, Hernández analizó el desequilibrio que se da en los elementos de la sustentabilidad: lo económico, social y ambiental, en favor de este último, lo que atenta contra la sustentabilidad misma.
En lo directamente minero, mencionó que se repite el mismo precepto constitucional de 1971, considerando al Estado como dueño absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, pero agrega “de las sustancias metálicas y no metálicas.
O sea, si el Estado es dueño inalienable de las sustancias metálicas y no metálicas ¿cómo se va a vender el mineral?, porque inalienable significa que no se puede enajenar ni transferir, ni onerosa ni gratuitamente”.
“Por lo tanto, una persona cualquiera por acción popular puede solicitar a un tribunal que revise esto y puede producir momentáneamente la paralización de la minería estatal y privada”.
Hernández expuso que este precepto polémico fue integrado en la Constitución de Ecuador, lo que derivó en una discusión interna en dicho país.
Pero se resolvió con otra norma del mismo nivel, que da derecho al Estado a asociarse en minería con privados, con beneficios totales mínimos para el Estado de un 50%.
“No obstante, ni siquiera esa norma en Chile los convencionales la consideraron”, señaló.
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Pequeña minería
Respecto de la pequeña minería, “el Estado consagra que protegerá a los pirquineros y pequeños mineros, pero no otorgarán concesiones, no tienen propiedad; por lo tanto, no pueden dar garantía, que por lo general son sus pertenencias mineras para acceder a créditos de la Enami”.
El abogado añadió que, “sin embargo, en mi interpretación las actuales concesiones mineras están protegidas por el derecho de propiedad”.
“Aunque se derogue la Constitución actual, van a seguir protegidas por el mismo régimen, porque rigen todas las normas existentes cuando se constituyeron esas pertenencias; sus derechos no podrían ser conculcados, sino que por expropiación. Pero todo lo demás para la minería está en el aire. Eso se va a debatir fuertemente”.
Además, el director ejecutivo de Aprimin resaltó que mediante leyes simples, es decir con el acuerdo por parte de más de un 50% de los congresistas presentes en el denominado Congreso de Diputados y Diputadas -ya que se elimina el Senado- se pueden aprobar leyes en materia de cualquier actividad económica.
Cabe destacar que Aprimin participó en el proceso constituyente con exposiciones en la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales y Modelo Económico; así como la Comisión de Principios Constitucionales, planteando propuestas en minería que no fueron consideradas