Se recalcó que el D.S. 001-2022-TR está lejos de ser una propuesta que favorezca a los trabajadores.
En diálogo con el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP), Carlos Bernal, gerente general de ACOMIPE, advirtió los efectos de la eliminación de la tercerización laboral para el sector minero, la esperanza del pronunciamiento favorable por parte del Poder Judicial, y la reciente decisión de Indecopi de suspender el procedimiento principal contra esta modalidad de contratación.
Según Bernal, aproximadamente 180 mil personas están contratadas mediante tercerización. Aparte de las empresas contratistas especializadas en operaciones, también están las empresas que hacen trabajos complementarios o servicios conexos.
«Entonces, la tercerización va más allá de lo que es la participación de las empresas contratistas en las operaciones mineras directamente», dijo.
En palabras de Bernal, «no tendrían las compañías mineras [capacidad de] contratar a la totalidad de los trabajadores de las empresas contratistas. No se podría contratar ni siquiera al 50% de los trabajadores de las empresas contratistas».
Así, «hay que tomar en cuenta que hay actividades muy especializadas que con el tiempo han alcanzado un nivel muy alto de calidad en su ejecución por parte de las empresas contratistas. Por ende, esta especialización hay que conservarla y mejorarla constantemente pues ha costado años lograr lo que tenemos».
Beneficios de la tercerización laboral en minería
La tercerización a través de las empresas contratistas, afirmó el gerente general de ACOMIPE, ha generado la optimización de todas las operaciones mineras.
Los contratistas mineros tienen a su cargo toda la producción, y han alcanzado un alto grado de especialización, productividad, competitividad y rentabilidad para el sector minero.
«En general, las grandes industrias en el mundo aplican la tercerización en todos sus procesos y el Perú no puede ser la excepción», remarcó.
Implementación en el régimen de tercerización
Para Bernal, «siempre es posible generar mejores condiciones de trabajo, remuneraciones, distribución de utilidades, entre otros aspectos».
En ese sentido, «es importante procurar siempre una buena relación entre compañía minera y empresa contratista para establecer una verdadera alianza estratégica que logre el equilibrio indispensable para la sostenibilidad del sector. Esto, incidirá favorablemente en toda la cadena de valor logrando también beneficio para todos los trabajadores y proveedores».
Ante la consulta de que los trabajadores tercerizados reciben menos beneficios que los trabajadores en planilla, el entrevistado fue enfático al decir que «eso es falso. Los trabajadores tercerizados también están en la planilla de sus empresas».
«La normatividad laboral es para todos y a ellos también les toca los beneficios de ley. Lo que debe existir es una apropiada fiscalización legal y técnica para aplicar la ley como corresponde sin transgredir los derechos de nadie», resaltó.
Por ello, «es importante potenciar la SUNAFIL dotándola de recursos y capacitación adecuada a sus especialistas y fiscalizadores».
Para Bernal, con la prohibición de la tercerización laboral, se perderían «por lo menos, entre 30 y 40% de puestos de trabajo. Hay que tener en cuenta que alrededor de cada empresa contratista, hay 20, 50, 100 o más proveedores según su tamaño. Y cada proveedor cuenta con cierto número de trabajadores y cada trabajador significa el sustento de una familia. Entonces, el efecto multiplicador se potencia a partir de cada empresa contratista. Hay que destacar también que son verdaderos dinamizadores de economías locales».
Acción de amparo contra DS
Acomipe presentó una acción popular frente a esta norma para defender a todo el colectivo de las empresas contratistas mineras, además de acciones de amparo para muchos de nuestros afiliados.
«Nuestra demanda fue acogida y está siguiendo su curso procedimental, en la que está pendiente convocar a las partes, es decir, a la procuraduría del Ministerio de Trabajo y la defensa legal nuestra», contó.
«Lamentablemente la carga procesal del Poder Judicial es muy alta y los plazos se dilatan. Estamos atentos a la fecha de convocatoria para la argumentación», anotó.
Este decreto, aseveró Bernal, creará mayor informalidad.
«Tercerización es empleo formal y esta norma ataca y tiende a eliminar el poco empleo formal que hay en el país. Su nociva aplicación traerá como consecuencia mayor informalidad», enfatizó.
«Los trabajadores que pierdan sus empleos, al no tener donde ocuparse, se dedicarían a la minería informal. A nivel general, se incrementarán los índices de informalidad en todas las industrias», agregó.
Implicancias de la suspensión del procedimiento principal contra la tercerización
Lo resuelto por Indecopi, para Bernal, es un avance en el terreno legal, donde la Sala Especializada de Eliminación de Barreras Burocráticas decidió suspender el procedimiento principal [sobre las medidas que restringen la tercerización laboral], hasta que el Poder Judicial pueda resolver las acciones legales contra la norma.
En cuanto no se hayan resuelto estos recursos, las empresas contratistas seguirán operando y las personas no perderán sus empleos. Ya hay empresas que también han obtenido cautelares que les permite seguir operando.
Por tanto, «esperamos que en los diferentes juzgados donde se presentaron los recursos legales se determine en favor de los reales derechos de los trabajadores y las empresas».
«Hemos impulsado con otros gremios empresariales la derogatoria del DS 001-2022 TR. Desde la anterior legislatura hay un dictamen favorable en la Comisión de Economía del Congreso que está demorando en ser sustentado. El estatus de este dictamen es que se encuentra en cuarto intermedio», precisó.
En esta nueva legislatura, están insistiendo para que la presidenta de dicha comisión exponga en el Pleno y se logre la derogatoria. Para ello, han participado en debates y mesas de trabajo en las comisiones de Trabajo y Economía, generando propuestas en procura de un texto sustitutorio que permita el equilibrio laboral necesario.
«Hemos estado frente a los responsables, los que realmente estructuraron esta norma. No nos hemos reunido con el actual ministro de Trabajo, pero hemos tenido la oportunidad de explicar y sustentar frente a los gremios y sindicatos, para hacerles entender lo nocivo de esta norma», dijo.
Principalmente, es la Dirección General del Empleo [del Ministerio de Trabajo] que está al frente y persiste en la aplicación de este decreto.
«Evidentemente, es una motivación esencialmente política e ideológica, que puede ser bien intencionada, pero que en la práctica afectará directamente el empleo de los trabajadores contratados formalmente, pues el efecto es contrario a lo que ellos pregonan», finalizó..