En la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República. Acceden a este régimen las personas naturales o jurídicas inscritas en el REINFO en las zonas de pequeña minería y minería artesanal comprendidas en el anexo 1 del Decreto Legislativo 1100.
Por mayoría, la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República, presidida por el legislador Jorge Flores Ancachi (AP), aprobó el proyecto de ley 3377, que establece un régimen especial de concesiones mineras para las zonas de pequeña minería y minería artesanal en el departamento de Madre de Dios.
La propuesta del congresista Eduardo Salhuana Cavides, de Alianza para el Progreso (APP), tiene por objeto establecer un régimen de solicitud y otorgamiento de concesiones mineras sobre las áreas correspondientes a las zonas de pequeña minería y minería artesanal comprendidas en el anexo 1 del Decreto Legislativo 1100, Decreto Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en toda la República y establece medidas complementarias, con la finalidad de contribuir al ordenamiento de la actividad minera y la determinación de responsabilidades sociales, ambientales y tributarias en el departamento de Madre de Dios.
Acceden a este régimen las personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) en las zonas de pequeña minería y minería artesanal comprendidas en el anexo 1 del Decreto Legislativo 1100, Decreto Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en toda la República y establece medidas complementarias.
Entre los requisitos para acceder a este régimen, se encuentra el estar vigente y tener presentado el instrumento de gestión ambiental para la formalización minera (IGAFOM) en su aspecto correctivo y preventivo, así como haber cumplido con declarar la producción minera de forma semestral, aplicándose la excepción prevista en el literal c) del párrafo 7.2 del artículo 7 del Decreto Supremo 001-2020-EM, Decreto Supremo mediante el cual se establecen disposiciones reglamentarias para el acceso y permanencia en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
El minero informal inscrito en el REINFO, en estado vigente, que cuente con instrumento de gestión ambiental correctivo (IGAC) o el instrumento de gestión ambiental para la formalización minera (IGAFOM) presentado ante la autoridad competente en sus dos aspectos (correctivo y preventivo) puede acceder a la titularidad de la cuadrícula minera declarada ante el REINFO correspondiente al lugar donde realiza sus operaciones, conforme al procedimiento que se establezca en el reglamento.
OTROS PROYECTOS
Por unanimidad, se aprobó el proyecto de ley que propone una Ley de fomento de la electromovilidad. También, se aprobaron el proyecto propone declarar de interés nacional la suscripción de contratos de hidrocarburos para el fomento del desarrollo y consolidación de la industria petrolera a fin de contribuir con la seguridad energética del país.
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Igualmente, el proyecto que modifica la Ley 30993, Ley que declara de interés nacional la consolidación y modernización del Oleoducto Norperuano, a fin de fomentar su protección como activo crítico nacional y disponer medidas complementarias.
Por mayoría, se aprobó una propuesta que plantea modificar la Ley 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica, a fin de garantizar el abastecimiento seguro, confiable y eficiente del suministro eléctrico y promover la diversificación de la matriz energética.
CITACIÓN
El presidente de la Comisión, informó que el ministro de Economía y Finanzas, Álex Contreras Miranda, volverá a ser citado a fin de dar su opinión técnica sobre el proyecto que propone modificar la Ley 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica, a fin de garantizar el abastecimiento seguro, confiable y eficiente del suministro eléctrico y promover la diversificación de la matriz energética.