El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó sendas operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un total de 100 millones de dólares, y el banco alemán Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) por 40 millones de euros.
Mediante Decreto Supremo Nº 046-2025-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó una operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el BID por 40 millones de dólares para financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios financieros del Banco de la Nación a nivel nacional”.
La cancelación de dicha operación de endeudamiento externo se efectuará en un plazo de ocho años y medio, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota a los 66 meses y la última cuota a los 102 meses, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato de préstamo.
La operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés basada en la Tasa SOFR, más un margen a ser determinado por el BID, de acuerdo con su política sobre tasas de interés. También está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente, de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0.75% anual.
Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 047-2025-EF, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el BID por 60 millones de dólares, destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios operativos o misionales institucionales en la Oficina de Normalización Previsional (ONP), distrito de Lima, provincia de Lima, departamento de Lima”.
El plazo de cancelación de la citada operación de endeudamiento externo es de 20 años, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato de préstamo, mediante cuotas semestrales y consecutivas, el mismo que incluye un periodo de gracia de seis años.
La operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés basada en la Tasa SOFR, más un margen a ser determinado por el BID, de acuerdo con su política sobre tasas de interés. También está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente, de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0.75% anual.
Con el banco alemán
Por otro lado, vía Decreto Supremo Nº 048-2025-EF, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el banco alemán Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), denominada “Programa de apoyo al NAMA de transporte urbano sostenible en el Perú IV”, hasta por 40 millones de euros.
La cancelación de la citada operación de endeudamiento externo se efectúa en 21 cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, conforme a lo señalado en el contrato de préstamo, considerando un plazo de gracia de cinco años, de acuerdo con la política del KfW sobre plazos de cancelación de sus operaciones.
La presente operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés variable basada en la tasa EURIBOR a seis meses, más un margen fijo a ser determinado por el KfW, en la fecha de la firma del contrato de préstamo, la misma que puede ser cambiada a tasa de interés fija de acuerdo con la política sobre tasas de interés del referido banco.
El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de compromiso no reembolsable del 0.25% anual sobre el saldo del préstamo no desembolsado, así como a una comisión de administración del 0.75% sobre el monto total del préstamo, la cual es única y no reembolsable.
En todos los casos se autoriza al ministro de Economía y Finanzas o a quien éste designe, a suscribir en representación de la República del Perú, los respectivos contratos de préstamo de las operaciones de endeudamiento externo.