La transferencia se efectúa con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de 32 millones 43,453 soles a favor de 47 universidades públicas.
Mediante el Decreto Supremo Nº 074-2025-EF se establece que ios recursos se destinarán a financiar la implementación progresiva de la Bonificación Especial para el Docente Investigador de las universidades públicas, durante el Año Fiscal 2025, dispuesta en el artículo 86 de la Ley 30220, Ley Universitaria.
La transferencia se efectúa con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación (Minedu).
El detalle de los pliegos y los montos de la se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas para financiar la implementación progresiva de la Bonificación Especial para el Docente Investigador dispuesta en el artículo 86 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación y del Ministerio de Economía y Finanzas, en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
El titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos dentro de los 5 días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo
Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.