En el Legislativo se precisó que, sobre el inicio para el retiro del cableado, las empresas tendrán 24 meses para adecuarse a la norma.
El pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia el dictamen de la Comisión de Energía y Minas recaído en el Proyecto de Ley 109/2021-CR, que establece la obligación para el retiro de los cables aéreos en mal estado o desuso.
Sobre el inicio para el retiro del cableado, se precisó que las empresas tendrán 24 meses para adecuarse a la norma.
“El plazo comenzará a contabilizar al momento de la publicación de la Ley, dado que no requiere ninguna reglamentación”, se subrayó.
Asimismo, este dictamen se aprobó por unanimidad, con 111 votos a favor, y al tratarse de un dictamen por insistencia deberá ser rubricada y enviada para su publicación por el Congreso de la República.
Detalles del debate
La presidencia de la Comisión de Energía y Minas sustentó el dictamen por insistencia.
En su presentación se indicó que se acogieron algunas observaciones realizadas por el Ejecutivo.
Sin embargo, se resaltó que el costo que implica el retiro del cableado, no será trasladado al usuario.
Contenido recomendado: A nivel nacional se produjo 4,979 GWH al cierre de septiembre
Esto con referencia al artículo 21 del reglamento de la Ley 29022 Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, establece que esta labor está considerada como mantenimiento del servicio.
De igual manera, se manifestó que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) será la entidad encargada de supervisar el cumplimento de lo establecido en la norma.
Además, se acogió la observación del Poder Ejecutivo de incluir a las empresas proveedoras de estructuras pasivas en los alcances de la iniciativa.