Entre los principales cambios, se destaca que el Directorio de Perupetro es un “órgano colegiado”, cuyo presidente es a tiempo completo, a dedicación exclusiva y remunerado.
Con 88 votos a favor, 21 en contra y 6 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que modifica el artículo 6 de la Ley General de Hidrocarburos (Ley 26221), y diversos artículos de la Ley de Organización y Funciones de Perupetro (Ley 26225).
Entre los principales cambios, se destaca que el Directorio de Perupetro es un “órgano colegiado”, cuyo presidente es a tiempo completo, a dedicación exclusiva y remunerado.
Asimismo, los tres representantes del Ministerio de Energía y Minas (Minem) deberán acreditar experiencia en funciones relacionadas con las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
También le devuelve competitividad a los sueldos de los funcionarios de la empresa respecto a la remuneración de la industria petrolera nacional.
Ahora, el Presupuesto Operativo de Perupetro tendrá como tope el 0,5% del valor de la producción de hidrocarburos y ya no el 1,5% del valor de las regalías.
Finalmente, elimina los aportes de Perupetro al Minem y Osinergmin. En el primer caso, porque el ministerio es parte del Presupuesto Público; y en el segundo, porque el organismo ahora cobra “aporte por regulación”, algo que no hacía cuando se dio la Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH).
La empresa estatal es responsable de promocionar, negociar, suscribir y supervisar contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos en el Perú.