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Minem presenta medidas técnicas frente alza de precio de combustibles

Decreto Supremo amplía la inclusión temporal de las gasolinas de 84 y 90, gasohol de 84 octanos y GLP a granel en el FEPC hasta setiembre.

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto Supremo N° 007-2022-EM que amplía la inclusión de los carburantes de gran uso, en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles Derivados de Petróleo (FEPC).

Además, establece medidas para Diesel BX destinado al uso vehicular (transporte de mercancías y personas).

Estas medidas, según el Ministerio de Energía y Minas (Minem), se dan ante el incremento de los precios internacionales del petróleo y sus derivados, que afectan a los usuarios locales.

También informó que el decreto señala que en el actual contexto aún persiste una alta volatilidad de los precios internacionales del petróleo y de sus derivados.

En ese sentido, para el Minem es necesario adoptar medidas que mitiguen el traslado de dicha alta volatilidad en los precios de determinados combustibles comercializados en el mercado peruano, para beneficio del consumidor.

Cabe indicar que el Decreto Supremo entró en vigencia desde hoy lunes 27 de junio de 2022.

Minem afirma habrá menores precios

De acuerdo con la norma, difundida en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se amplía la inclusión de las gasolinas de 84 y 90 octanos, el gasohol de 84 octanos y al Gas Licuado de Petróleo destinado para granel (GLP- G) en el FEPC, hasta el 30 de septiembre de 2022

Entre las medidas señaladas para el Diesel BX se tiene la prórroga de la vigencia de bandas de precio hasta el 30 de junio de 2022.

Así, el incremento previsto para julio y agosto de aproximadamente S/ 1 por galón no se aplicará.

Asimismo, se establece que, desde el 1 de julio, el límite de la banda será igual a S/ 12.01 por galón; es decir, se reduce en S/ 1.49 por galón, lo que significará una mayor compensación a la que se viene realizando.

Cabe señalar que el mecanismo del FEPC ha coadyuvado a la estabilización de los precios de combustibles a pesar de la coyuntura internacional señalada.

Esta medida tiene un costo mensual de S/ 400 millones, aproximadamente, y se estima que con las nuevas disposiciones se incremente en S/ 150 millones a S/ 200 millones.

También se estableció que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) verificará la correcta aplicación de las disposiciones previstas en el presente DS.

Para lo cual realiza supervisiones focalizadas considerando el volumen de las transacciones realizadas.

Así como el historial comercial de los agentes de comercialización de hidrocarburos, entre otras acciones de fiscalización.

“Es pertinente señalar que, los precios de los combustibles son determinados en forma libre por la oferta y demanda”, informó el ministerio.

Sin embargo, añadió, su despacho viene estableciendo mecanismos que ayuden con la transparencia en la información sobre los precios y contribuyendo a la decisión de compra de los consumidores finales para atender sus necesidades de cocción de alimentos y transporte.

Un dato

El FEPC se creó en el 2004 para evitar que la elevada volatilidad de los precios internacionales del petróleo se traslade a los precios de los consumidores peruanos, creando una banda de precios que limite su variación con un precio máximo y un precio mínimo.

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