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Este miércoles 23 será primer debate de moción censura a ministra Irene Vélez

Para el Congreso, la ministra Vélez no tiene conocimientos suficientes para estar al frente del sector minas y energía.

Mañana 23 de noviembre será el primer debate de moción de censura contra la titular del Ministerio de Minas y Energía, Irene Vélez.

Esto se da debido a múltiples quejas de partidos políticos, congresistas, líderes de opinión, actores del sector minero-energético y ciudadanos sobre la gestión de la ministra.

La ministra, de acuerdo con los medios, ha dado declaraciones, decisiones y anuncios que se han hecho públicos en su gestión como jefe de una de las carteras más importantes del país.

Según Valora Analitik, se espera que, en el marco de la iniciativa, Vélez Torres responda ante las acusaciones que varios actores han hecho en contra de su gestión.



Así, el Congreso de la República de Colombia ha catalogado como desacertados tales anuncios.

Además, el legislativo considera que Vélez no tiene conocimientos suficientes para estar al frente de esta cartera.

Moción de censura

El Senado de Colombia informa que se pueden proponer moción de censura respecto de los ministros, superintendentes y directores de departamentos administrativos.

Esto por asuntos relacionados con funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República.

La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva Cámara.

La votación se hace entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate, con audiencia pública del funcionario respectivo.

Su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto.



Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo, pero si es rechazada, no podrá presentarse una nueva moción de censura sobre la misma materia, a menos que la motiven nuevos hechos.

La renuncia del funcionario no obsta para que la misma sea aprobada conforme a lo previsto en este artículo.

Pronunciada una Cámara sobre la moción de censura su decisión inhibe a la otra para pronunciarse sobre la misma.

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