Se incrementará la altura del dique del depósito de relaves N° 9 en dos metros adicionales hasta la cota 4138 msnm; se optimizará la planta concentradora para la recuperación de los valores de oro y plata; y se venderá mineral a unidades mineras terceras.
El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) informó que, a través de la Resolución Directoral N° 00012-2025-SENACE-PE/DEAR del 11 de febrero de 2025, otorgó conformidad al Quinto Informe Técnico Sustentatorio (ITS) de la Unidad Minera Julcani», presentado por Compañía de Minas Buenaventura S.A.A
«La empresa cumplió con los criterios y disposiciones exigidas en los artículos 131 y 132 del Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero, aprobado por Decreto Supremo N° 040- 2014-EM», señala el documento.
La mina Julcani está ubicada en la provincia de Angaraes, región Huancavelica.
Propuestas de cambio
Son tres los objetivos que se detallan en este ITS. El primero es el recrecimiento del
depósito de relaves N°9 a la cota 4 138 msnm. Con ello, la propuesta de cambio es incrementar la altura del dique del depósito de relaves N° 9 en dos metros adicionales hasta la cota 4138 msnm.
El segundo objetivo es la optimización de la planta concentradora – Fase 2. Así, se implementará una segunda fase de la optimización de la planta concentradora para la recuperación de los valores de oro y plata que contienen los minerales que se procesan mediante la implementación de nuevos equipos.
El tercer y último objetivo indicado es la venta de mineral a unidades mineras terceras. De este modo, se continuará con la flexibilidad del tratamiento de mineral permitiendo a la U.M. Julcani
vender el mineral extraído de sus labores subterráneas aprobadas a otras unidades mineras (terceros) a una tasa máxima de 12 000 t/mes.
Descripción de los procesos y/o componentes aprobados
A continuación, se describe los componentes y procesos aprobados de la Unidad Minera Julcani.
Depósito de relaves N° 9
Como parte del Segundo ITS del depósito de relaves N°9 se modificó la capacidad de almacenamiento de depósito de relaves desde la cota 4 132 m.s.n.m. a la a la cota 4 136 m.s.n.m., considerando dentro de éste un metro de borde libre. La capacidad de almacenamiento aprobada en el segundo ITS a la cota 4 136 m.s.n.m. fue de 2 440 000 m3.
El diseño geotécnico aprobado del depósito de relaves N° 9 considera mantener una corona de 10 m de ancho y la cresta a la cota 4 136 m.s.n.m. El talud general del dique principal es de 2.14H:1V.
Su diseño considera la conformación de tres banquetas de 10 m de altura y una cuarta de 14 m y bermas de 5 m de ancho. Además, considera también un dique secundario de 6 m de altura máxima y cuatro metros de ancho de corona, con un talud de 2:1 y 1.5:1 (H:V), borde libre de 1 m, el cual se ubicará en la parte posterior del depósito de relaves, y será impermeabilizado aguas arriba con geomembrana HDPE lisa de 1,5 mm de espesor y geotextil no tejido de 250 gr/m2 de
gramaje, el anclaje será de 2 m de profundidad.
Planta de Beneficio
La planta concentradora Julcani inició sus operaciones en el año 1953; desde esa fecha, el tonelaje de mineral que se procesa se incrementó gradualmente debido a sucesivas ampliaciones.
Según lo aprobado en el PAMA (Resolución Directoral N° 124-97-EM/DGM) y la autorización de funcionamiento de la planta concentradora, la capacidad instalada de la planta concentradora es de 600 TMD, otorgada por Resolución Directoral N° 397-89-EM-DGM-DCM del 04 de setiembre de 1989.
No obstante, a la fecha se viene realizando el tratamiento en un promedio de 13 607 TM/mes (15 000 TCS1 mes); es decir, a la fecha la planta concentradora funciona aproximadamente a un 76% de su capacidad aprobada e instalada.
El proceso metalúrgico de la planta concentradora incluye un sistema de recepción del mineral, sistema de chancado y almacenamiento, circuito de molienda, seguido de un circuito de flotación para obtener concentrados de Pb-Ag, Cu-Ag y Zn-Ag y continúa con el circuito de flotación Py-Au para una mayor recuperación de oro. Finalmente, un circuito de espesado, filtrados y despacho del
concentrado obtenido de la flotación.
Además, en la planta concentradora se está reaprovechando el relave extraído de los depósitos de relaves 1, 2 y 3, adicionalmente al procesamiento del mineral.
Venta de mineral a terceros
El proceso de venta de mineral a unidades mineral terceras, se dará dentro del área de la U.M. Julcani, por lo cual, se utilizarán rutas internas de la unidad minera desde la salida de la Bocamina Nv. 420 hacia el depósito temporal de mineral Chunochina (aprobada en el PAMA, 1997), es en este depósito donde los volquetes encapsulados de terceros son cargados, para posteriormente dirigirse a la balanza ubicada en la planta concentradora para su respectivo pesaje, y luego desde la planta concentradora se dirijan hacia la garita para su salida al exterior hasta su destino final. Las coordenadas UTM de la ubicación de los puntos o paradas intermedias de la ruta propuesta en la nueva actividad de venta del mineral a terceros son para el depósito temporal de mineral Chunochina (520 957,29E; 8 569 144,08N) y para la balanza – planta concentradora (521 281,33E; 8 569 243,99N).
El cambio propuesto de la venta del mineral extraída de sus labores subterráneas aprobadas a otras unidades mineras (terceros) a una tasa máxima de 12 000 t/mes (equivalente a 16 vehículos como máximo por día), no implica una ampliación de explotación de sus labores subterráneas o un ritmo de explotación mayor a lo aprobado, sino se enmarcará en las zonas que viene explotando según el PAMA; asimismo, se mantendrá la capacidad máxima de 600 t/día (18 000 t/mes) otorgado por Resolución Directoral N° 397-89-EM-DGM-DCM.
El mineral dispuesto en el depósito de almacenamiento temporal de mineral Chunochina, será muestreado por el personal de laboratorio químico, para realizar el análisis químico de leyes; posterior a ello, el mineral será cargado en volquetes encapsulados con una capacidad de 25 t o más, los cuales serán propiedad de terceros y contarán con los permisos ambientales requeridos para su transporte.
Seguidamente, estos volquetes serán conducidos hacia la balanza de la planta concentradora, donde se registrará su peso en el sistema interno del Titular. Con el uso de las guías de remisión correspondiente, los volquetes podrán dirigirse hacia la garita y por tanto trasladar el mineral hacia la unidad minera de terceros, con la cual se tenga el contrato de venta del mineral.
Los vehículos mencionados se movilizarán sobre accesos internos que la U.M Julcani aprobó en los IGA vigentes.
El mineral y el vehículo que transporta el mineral serán propiedad exclusiva del tercero, bajo el principio de responsabilidad ambiental se estaría considerando que los terceros deberán contar con los permisos ambientales requeridos por normativa para el traslado del mineral y además la implementación de los controles ambientales necesarios por el uso de las vías nacionales y vecinales de demostrarse la generación de impactos ambientales significativos.
Asimismo, cumplirá con los requerimientos ambientales especificados en el Decreto Supremo N° 040-2014-EM, Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero.
Cabe mencionar que las áreas utilizadas para la nueva actividad propuesta de venta de mineral a terceros son componentes aprobados y en funcionamiento, y por ende no representa la ocupación de área adicional alguna.
La recepción y salida de los camiones para la venta de mineral se realizará estrictamente en horario diurno (8:00 am a 3:00 pm); se prohíbe el recojo y salida del mineral en horario nocturno por parte de las adquirientes. Asimismo, en los registros de entrega de mineral (guía de remisión del remitente) se registrará el horario de salida de los vehículos desde las instalaciones de la U.M. Julcani.