Enfatizó que no existe ningún Reinfo hereditario. Indicó que si en una operación en marcha de la pequeña minería o minería artesanal el titular fallece, los herederos tienen derecho a seguir con el funcionamiento de la operación.
El ministro de Energía y Minas, Jorge Montero, manifestó que la iniciativa de crear el «Fondo Minero de la Pequeña Minería y Minería Artesanal», tiene como finalidad estructurar los diferentes incentivos mineros para esta actividad.
En declaraciones exclusivas para el portal web de la Revista Rumbo Minero, sostuvo que la creación de esta entidad, busca ser el trasvase de los REINFOS vigentes que se vienen formalizando para que puedan acceder a beneficios a través de un sistema de incentivos porque, según señaló, la capacidad de negociación de un individual es mínima en comparación a la de un colectivo gigante donde la banca privada tiene tazas de porcentaje más beneficiosa para estos últimos. “En esos dos escenarios las condiciones de negociación son totalmente diferente”, subrayó.
Ente privado
Aclaró que el Fondo Minero de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, será un ente privado pero con una minoritaria participación del Estado Peruano, el cual, acompañaría en la construcción y gestión de este fondo de forma adecuada y con una buena gobernanza. Explicó que el financiamiento se haría a través del porcentajes de producción anual que los mineros quieran aportar a su fondo.
“Hemos calculado que si solo aportan el medio por ciento de su producción, tendrían alrededor de US$ 50 millones al año. Con ese monto podrían hacer préstamos para mejorar sus procesos productivos, instalar plantas con buenas tecnologías que tienen un costo de tres millones de dólares”, opinó.
Agregó que existen empresas tecnológicas que venden estas innovaciones y que ofrecen capacitaciones, seguimiento y garantía del productos por diez años. «Todo será privado pero con con acompañamiento tutelar del Estado que tiene que proteger y ver la evolución de sus pequeños mineros y mineras artesanales, ese es el fondo minero», destacó.
Reinfo hereditario
Montero Cornejo enfatizó que no existe ningún Reinfo hereditario. Indicó que si en una operación en marcha de la pequeña minería o minería artesanal el titular fallece, los herederos tienen derecho a seguir con el funcionamiento de la operación porque la pueden perder.
«Cuando fallece el gerente general, la empresa continúa con los negocios y pone a otro gerente. Cuando fallece el titular del Reinfo, sus herederos continúan con la operación en marcha como cualquier compañía. Es seguridad jurídica para ellos», argumentó.