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MEM: Cerca de 900 pequeños mineros de Puno reciben autorización para actividades extractivas

ANUNCIO. MEM: Cerca de 900 pequeños mineros de Puno reciben autorización para actividades extractivas. A fin de impulsar el desarrollo sostenible y el bienestar de los pobladores de ámbitos rurales, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) sigue avanzando con el proceso de “Formalización Minera Integral” en alianza con los gobiernos regionales del país, y precisamente hoy el Gobierno Regional de Puno entregó nuevas autorizaciones en esa región, donde a la fecha ya van siendo formalizados 1,992 pequeños mineros y mineros artesanales.

Así, fueron entregadas autorizaciones a mineros de la comunidad campesina Punayllu, poseedora del derecho minero “RENOVACIÓN 7”, así como a las empresas Sagrado Cuna Cuna S.A.C., con derecho minero “CAPAJORCO 33” y “KORITONQUI DE PUNO”, dueña del derecho de igual nombre, beneficiando a 896 personas entre pequeños mineros y mineros artesanales.

Durante la entrega de las resoluciones, el viceministro de Minas, Luis Miguel Incháustegui, felicitó la decisión de los mineros, y señaló que para el Estado lo más importante es su seguridad, así como el cuidado ambiental.

“El encargo del ministro Francisco Ísmodes es que veamos a la Formalización Minera no como un fin, sino como un medio a través del cual el Estado cumpla con ustedes y ustedes con él, alcanzando los estándares ambientales y de seguridad necesarios. Su meta no debe ser sólo la mayor producción sino llegar sanos y salvos a sus casas, y esto es lo que la formalización les permitirá” enfatizó el viceministro.

De esta manera, agregó que la formalización también le servirá para mejorar sus operaciones y gestión, tener acceso a nuevos mercados y clientes, así como ofrecer mejores condiciones laborales a sus trabajadores y familias.

Explicó que el nuevo proceso de Formalización Minera Integral es dinámico y fomenta una minería sostenible, priorizando el beneficio de la comunidad, el bienestar de los mineros artesanales, así como el uso de tecnologías limpias y el cuidado del ambiente.

Por su parte, Alberto Rojas, director general de Formalización Minera sostuvo que “este es un hito importante que representa la voluntad de crecimiento de los pequeños mineros y de los mineros artesanales de Puno y el avance del trabajo conjunto con el Minem que da asistencia técnica y legal”.

En el acto también estuvieron presentes el Gobernador Regional de Puno, Juan Luque Mamani, el Director Regional de Energía y Minas, Fischer Condori y otros funcionarios.

Empadronamiento
De otro lado, el Ministerio de Energía y Minas implementará un padrón para la acreditación de personas que desarrollan prácticas tradicionales vinculadas a la actividad minera a pequeña escala en La Rinconada y Cerro Lunar del distrito de Ananea, en la provincia de San Antonio de Putina, así como en las provincias de Sandia y Carabaya (región Puno)

Así lo señala el Decreto Supremo Nº 018-2018-EM publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que modifica al Decreto Supremo Nº 027-2012-EM, y que precisa que el desarrollo de estas prácticas comprenden un sinnúmero de transacciones comerciales con procesadores y comercializadores de oro que deben ser registradas.

Así, se establece que terceras personas naturales que obtengan oro en los concesionarios mineros, o a los operadores que hubieren celebrado contratos de explotación, pueden venderlo a terceros comercializadores y procesadores, incluyendo a aquellos que cuenten con convenios vigentes con Activos Mineros S.A.C.

Para este fin, las terceras personas naturales deben estar inscritas en el padrón de “Terceras Personas Naturales y Seleccionadores Manuales de Oro” a cargo de la Dirección General de Formalización Minera (DGFM) del Minem. Los empadronados pueden comercializar mensualmente un máximo de 66 gramos de oro. El Minem, a través de la DGFM, realizará el empadronamiento por un plazo de 60 días calendario.

Cabe precisar que la norma también es aplicable a quienes se ocupan de seleccionar manualmente oro de los desmontes derivados de las actividades mineras (las denominadas “pallaqueras” y “cachorreras”)

En ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha dispuesto implementar un programa de Formalización Laboral que garantice los derechos laborales, la seguridad y salud en el trabajo a favor de las personas naturales a las que se refiere la presente norma. Del mismo modo, se precisa que bajo ningún supuesto, las actividades descritas pueden ser realizadas por menores de edad.

(Foto cortesía del MEM)

(TCP)

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