HIDROCARBUROS. PERUPETRO anunció hoy la convocatoria a la Licitación Pública Internacional para otorgar Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192, que incluye al Lote 1-AB (Cuenca Marañón), cuya Buena Pro está prevista para el 15 de julio de este año.
De acuerdo a las bases aprobadas por el directorio de PERUPETRO, el Programa Mínimo de Trabajo (PMT) contempla la perforación de 20 pozos de desarrollo en 10 años correspondiente al primer período de la fase de explotación del lote, lo que supone una inversión mínima de 200 millones de dólares. Asimismo, el PMT establece la adquisición de 300 Km de sísmica 2D en el segundo año y 100 Km2 de sísmica 3D en el tercer año.
El factor de competencia estará en función a la oferta técnica (número de pozos adicionales al PMT a perforar por año) y económica (porcentaje de regalía adicional que presenten los inversionistas interesados sobre la regalía base).
El plazo para la fase de explotación de petróleo es de treinta (30) años, contados a partir de la fecha de suscripción del Contrato de Licencia.
El Lote 1-AB registra una producción fiscalizada de Petróleo de 12,242 BPD (promedio al 2014). Es el lote con mayor producción de petróleo en el Perú y representa el 17% de la producción total del país. El Contrato de Licencia del Lote 1-AB tiene como fecha de término el 29.08.2015, y es necesario que el área del lote sea oportunamente contratada por PERUPETRO, para garantizar la continuidad de las operaciones.
Las bases establecen que Petroperú S.A. tiene el derecho de participar en el Contrato de Licencia con un porcentaje de hasta el 25 por ciento. En el portal web de PERUPETRO se encuentran publicadas las bases, cronograma y modelo de contrato de la licitación y son de libre acceso para los inversionistas.
PROTECCIÓN AMBIENTAL
De acuerdo al modelo de contrato, el futuro Contratista está obligado a cumplir con la normatividad ambiental, de derechos de pueblos indígenas, relaciones comunitarias y participación ciudadana vigente en el país, así como con las obligaciones asumidas en sus estudios ambientales e instrumentos de gestión ambiental complementarios.
Además, se establece que la remediación de los pasivos ambientales que identifique la autoridad competente, generados por las operaciones del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 1-AB (antes Contrato de Servicios Petroleros con Riesgo Lote 1-AB), serán de responsabilidad de quien determine la autoridad competente, conforme a lo establecido en la Ley N° 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales en el Subsector Hidrocarburos y su Reglamento, así como sus normas modificatorias, complementarias y supletorias.
También estará obligado a respetar los acuerdos entre el Estado y los pueblos indígenas como resultado del proceso de consulta previa que será concluida antes de la emisión del Decreto Supremo que aprueba la suscripción del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192.
Fuente: PERUPETRO