La Ley N.º 32213 entró en vigor el 28 de diciembre de 2024.
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) ha dispuesto la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece las disposiciones reglamentarias de la Ley N.º 32213, promulgada el 27 de diciembre de 2024, que busca fortalecer la formalización de los pequeños mineros y mineros artesanales inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
La Ley N.º 32213 entró en vigor el 28 de diciembre de 2024, y el Poder Ejecutivo tenía un plazo de 30 días hábiles para emitir su reglamentación, el cual culminó el 12 de febrero de 2025. El reglamento se prepublica tres semanas después de la llegada del nuevo Director de Formalización Minera, Máximo Rodolfo Gallo Quintana.
Esta normativa amplía el plazo de formalización del REINFO hasta el 30 de junio de 2025, con la posibilidad de una prórroga adicional de seis meses mediante decreto supremo. Según detalló el MINEM, esta extensión tiene como propósito establecer un marco transitorio que permita la implementación de una nueva Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal, conocida como Ley MAPE, que eventualmente derogará la actual Ley N.º 32213.
El proyecto estará disponible en su portal institucional durante un periodo de quince días calendario, con el objetivo de recibir comentarios, aportes y opiniones de la ciudadanía, así como de entidades públicas y privadas.
¿Qué viene en el nuevo reglamento que amplía el REINFO?
La Ley N.º 32213 establece al MINEM como el ente rector encargado de liderar el proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal. Este rol incluye la creación e implementación de herramientas clave como el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA) y la Ventanilla Única para la Formalización Minera, ambas diseñadas para optimizar y supervisar las actividades de formalización en el sector.
El SIPMMA será una herramienta tecnológica que permitirá monitorear la trazabilidad de minerales, explosivos, insumos químicos y productos fiscalizados utilizados en la pequeña minería y minería artesanal. Este sistema contará con interoperabilidad con plataformas como el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el Sistema de Derechos Mineros y Catastro (SIDEMCAT), el Sistema Integrado de Fiscalización Ambiental (SIFA) y la Ventanilla Única para la Formalización Minera.
Además, integrará tecnología GPS para el control de materiales y operaciones, y contará con la participación de entidades como la Policía Nacional del Perú (PNP), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú).
REINFO: Minem insiste en la coordinación con gobiernos regionales
El MINEM también ha reforzado la obligación de los gobiernos regionales de coordinar con esta entidad las acciones administrativas y de formalización minera en sus respectivas jurisdicciones. Según informó el ministerio, esta colaboración busca garantizar que las actividades de formalización se desarrollen de manera eficiente y alineada con los objetivos nacionales establecidos en la Ley N.º 32213.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N.º 046-2025-MINEM/DM, publicada en el diario oficial El Peruano, el proyecto normativo estará disponible en el portal institucional del MINEM (www.gob.pe/minem). Durante los quince días calendario posteriores a su publicación, los ciudadanos y las entidades interesadas podrán enviar sus comentarios y aportes a la Dirección General de Formalización Minera, ya sea de manera presencial en su sede en el distrito de San Borja, Lima, o a través del correo electrónico reglamentoley32213@minem.gob.pe.
El MINEM ha designado a la Dirección General de Formalización Minera, dependiente del Despacho Viceministerial de Minas, como el órgano responsable de recibir, evaluar y sistematizar las opiniones y sugerencias que se presenten en el marco de esta consulta pública.