La denuncia señaló 17 irregularidades, sin embargo, todas fueron rechazadas.
El Tribunal Federal de Cuentas (TCU), en decisión unánime, desestimó la acusación contra la Agencia Nacional de Minería (ANM) y confirmó que no existieron irregularidades en los procesos de ofertas de áreas para exploración y minería, realizados por la agencia.
El 12 de mayo se llevó a cabo la sesión de sentencia del proceso TC 037,080/2020-2, contra la subasta de áreas prevista por el Aviso Público 1/2020 de la ANM.
La denuncia señaló 17 irregularidades, sin embargo, todas fueron rechazadas.
La Sentencia N° 1082/2021, cuyo relator fue el Ministro Jorge Oliveira, aceptó el entendimiento de SeinfraCOM, la unidad técnica que analiza los temas mineros del TCU.
Las ofertas de áreas promovidas por la ANM en rondas de disponibilidad se han realizado con base en la Ley N° 13.575/2017 y el Decreto N° 9.406/2018.
El objetivo es reducir el stock de más de 50,000 áreas que se encuentran bajo su administración, previamente tituladas para ser vendidas por pérdida del derecho a solicitar minería, nulidad y caducidad de autorización de exploración y concesión minera.
Según Alexandre Vidigal, secretario de Geología, Minería y Transformación Mineral del Ministerio de Minas y Energía (MME), el resultado del proceso muestra que el nuevo modelo de Disponibilidad de Área está estrictamente alineado con los propósitos originales para los cuales el nuevo sistema de las subastas se concibió, desde la perspectiva de un mejor servicio al interés público, de acuerdo con una clara línea de modernización y automatización de procedimientos.
“La validación del Aviso Público ANM 1/2020 contribuye a fortalecer la certeza jurídica y transparencia de los procedimientos de Disponibilidad de Áreas Minerales en el País bajo el Programa de Alianzas e Inversiones (PPI), señalando al inversionista la evolución de políticas para este sector”, dijo el secretario.
En este sentido -añadió Vidigal-, el nuevo modelo, más ágil, menos burocrático y más económico para el sector público y privado.
Además de estar guiado por criterios objetivos encaminados a observar los principios de legalidad, impersonalidad y moral pública, es un gran paso hacia la captación de inversiones, ampliando así el número de áreas de exploración minera.
Cabe destacar que, en la misma Sentencia, TCU también mencionó las subastas del área minera de la CPRM, las cuales son regulares y acompañadas del proceso TC 008.684/2018-9, Resoluciones 1199/2019-TCU-Plenário y 539/2020-TCU-Pleno.
Sobre las subastas de la ANM, de las nueve rondas previstas hasta 2022, ya se han concluido dos, la tercera y la cuarta están en curso.
En cuanto a la CPRM, de las once subastas previstas, una está en curso y dos han concluido. La previsión es que, para el 2022, se subastarán todas las áreas.