El pedido se solicitará al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).
Mediante el Decreto Legislativo Nº 1526, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo dispuso medidas para fortalecer el Banco de la Nación. La medida entrará en vigencia a los 100 días calendario.
La norma, señala que el directorio del Banco de la Nación solicitará al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) autorización para realizar un aumento de su capital de forma periódica.
El importe máximo de capitalización total que puede solicitar el directorio del Banco de la Nación es igual al monto que corresponde al promedio de las utilidades netas generadas por la propia entidad financiera estatal durante los cuatro años anteriores al año de la solicitud.
Además, el decreto especifica que el directorio del Fonafe se pronuncia sobre la solicitud de aumento de capital del Banco de la Nación en un plazo máximo de 30 días calendario, bajo responsabilidad. Debe considerar para la determinación del importe máximo de capitalización su concordancia con el Plan Estratégico Institucional del banco.