La cifra evidenció un incremento significativo de 143.7% respecto a lo recaudado el mes previo (S/ 388.8 millones).
El subsector minero peruano aporta al Estado a través del pago de las siguientes obligaciones tributarias y no tributarias: Impuesto a la Renta (IR) de tercera categoría, Impuesto Especial a la Minería (ingresos tributarios), Gravamen Especial a la Minería (recurso público), Regalías Mineras y las Nuevas Regalías Mineras (contraprestación económica), los cuales son distribuidos para el financiamiento de los presupuestos de Gobiernos Nacionales, Regionales y Locales.
En agosto de 2023, se recaudó por estos conceptos una cifra de S/ 947.4 millones, evidenciando un incremento significativo de 143.7% respecto a lo recaudado el mes previo (S/ 388.8 millones).
De manera similar, se registró un aumento de 2.5% con relación a lo registrado en idéntico mes del año previo (S/ 924.6 millones).
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Respecto a al valor acumulado, al octavo mes de 2023 se reportó un monto de S/ 6503.0 millones, lo que representó una disminución de 52.0% respecto a lo declarado en similar periodo de 2022 (S/ 13 546.4 millones).
Del monto total recaudado, el mayor aporte lo constituyó el Impuesto a la Renta del Régimen General con S/ 4137.2 millones, representando el 6 3.6% del total recaudado.
Seguido por las Nuevas Regalías Mineras (S/ 1277.9 millones) y el Impuesto Especial a la Minería (S/ 921.4 millones) con el 19.7% y 14.2%, respectivamente.
El incremento interanual que se observó en la recaudación fiscal se debió principalmente a la mayor recaudación por Regalías Mineras (Ley Nº 29788) y el Impuesto Especial a la Minería (Ley Nº 29789), ambos de periodicidad trimestral.
Es importante mencionar que las Nuevas Regalías Mineras, así como, el Impuesto Especial a la Minería y el Gravamen Especial a la Minería se aplican sobre la utilidad operativa trimestral de los sujetos de la actividad minera, y el importe que se paga por ellos es deducible como gasto en el Impuesto a la Renta.