Por: MBA Marco Valencia–Arroyo
Consulting Services Director – ArrVal Auditing & Consulting
Innovar, idea poderosa desde hace algunos años en el mundo. Los foros empresariales y académicos resaltan su importancia como actividad imprescindible para garantizar la sostenibilidad de cualquier empresa.
Esta nota busca resaltar algunas inquietudes y sugerencias surgidas en el desarrollo de proyectos de innovación, al amparo del Sistema de Incentivos Tributarios establecidos por la Ley 30309 y su respectiva reglamentación (SIT).
Quienes lideramos procesos de innovación en empresas peruanas en marcha, sabemos muy bien que los resultados esperados no son fáciles ni inmediatos de lograr. Sembrar la idea entre ejecutivos, generar convencimiento mayoritario, originar una visión conjunta respecto de lo que se espera lograr, planificar, comunicar a la organización y, finalmente ejecutar. Tareas complicadas que demandan preparación, tenacidad, paciencia, perseverancia y capacidad de solucionar problemas.
El Estado Peruano ha dado un paso importante al establecer el SIT. En simple, este permite recuperar a las empresas locales hasta el 175% de lo invertido en Proyectos I+D+i. Éstos pueden ser de Investigación Científica (IC), Desarrollo Tecnológico (DT) y/o Innovación Tecnológica (IT) y deben tener un impacto concreto positivo en la empresa que los desarrolle y, consecuentemente, en la competitividad de nuestro mercado.
Este año, en el sector minero peruano, hemos presenciado el enorme potencial las actividades de DT e IT. Se han efectivizado tres logros concretos: menor uso recursos (energía, agua y mano de obra), incremento de tasas de recuperación de mineral valioso y operaciones más limpias. ¿No serían estos tres aspectos claves que permitirían a la minería peruana convertirse en líder mundial en minería sostenible? ¿Nos permitiría esto desterrar los fantasmas que constantemente asaltan a nuestro sector y a la economía peruana?
El sistema ha empezado a operar este año y, por ello, ofrece oportunidades de mejora que deberían permitir consolidar el ecosistema innovador peruano. Una empresa local tiene la posibilidad de desarrollar un Proyecto I+D+i con recursos propios (infraestructura, equipos e investigadores) o contar con un Centro I+D+i, domiciliado o no domiciliado, que cuente con dichos recursos.
En el primer caso, la empresa debe tener profesionales que hayan sido previamente calificados por el CONCYTEC, quienes deben contar con maestría y/o doctorado e investigaciones científicas publicadas los últimos cinco años. De otra manera no se logra el puntaje mínimo requerido.
¿Qué pasa con la gran cantidad de profesionales que tienen más de diez años de experiencia en el sector, en su especialidad y empresa pero que lograron esos objetivos antes del 2011? ¿No podrían ellos hacer un aporte valioso en el diseño y ejecución de éstos proyectos? El SIT incentiva a las empresas a descartarlos e, indirectamente, a desperdiciar la diversidad que todo proceso de innovación requiere.
Si la empresa recurre a un Centro I+D+i, la situación se torna más complicada. Si es un Centro Domiciliado, uno debe asegurarse que esté autorizado por CONCYTEC. Así, este centro tendrá que demostrar que tiene especialistas experimentados y experiencia previa en el desarrollo de Proyectos I+D+i en el área específica que se quiere innovar (por ejemplo metalurgia).
Esto es contraproducente por dos razones. A la fecha existen apenas 1,319 investigadores reconocidos en el CONCYTEC – REGINA. ¿Será posible que este número de investigadores abarque todas las áreas de conocimiento que requieren las empresas peruanas o, por lo menos, las empresas de las industrias más relevantes de nuestra economía? ¿Será posible acreditar experiencia en Proyectos I+D+i si, a la fecha, el CONCYTEC apenas aprobó seis proyectos? ¿Qué experiencia se podría acreditar?
Entonces lo más probable es que las empresas locales recurran a un Centro No Domiciliado que también deberá estar previamente registrado en CONCYTEC. Un ejecutivo bien informado sabe dónde encontrar estos socios estratégicos. En el actual mundo globalizado, donde el inglés es el idioma predominante en actividades de investigación científica y desarrollo de negocios, estos centros solo pueden aplicar ante el CONCYTEC en castellano y necesitan presentar certificaciones con traducciones oficiales. ¿Cuál es el sentido de solicitar, además del registro tributario del aplicante – que normalmente detallan las actividades a las que se dedica el aplicante – el estatuto que debe indicar que el referido centro también se dedica a innovar?
Además, se solicita presentar un “Certificado de Expertise” emitido por la institución par de CONCYTEC en el país de origen o por una empresa autorizada para certificar esto. ¿Cuáles son esas instituciones pares o auditoras autorizadas? ¿Son éstas conscientes de lo solicitado por CONCYTEC? En nuestra experiencia ha sido una tarea complicada y excesivamente larga identificar dichas instituciones y auditoras. Lo peor, éstas se han declarado incompetentes para dar dichas certificaciones.
Las dificultades mencionadas solo retrasan la consolidación del ecosistema innovador peruano. Para evitar esto, desde el sector privado, además de resaltar estas oportunidades de mejora también debemos seguir promoviendo la innovación entre las empresas locales y, por qué no, promover la innovación en la operatividad del CONCYTEC. Esta institución cuenta con profesionales muy capaces y con voluntad de aportar al desarrollo del país. Vamos por más!
Vea la revista completa AQUÍ